Ahora bien, conforme a la Resolución 2009-0006, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 18 de Marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009, conforme a la cual se modifican las competencias por la cuantía y, por la materia de los Tribunales de Municipio a nivel Nacional, según el artículo 3 corresponde a los Tribunales de Municipio "...todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio..." y, visto que la presente solicitud reviste carácter contencioso, amén de que en la misma Solicitud acumula dos acciones distintas y con procedimientos distintos como son la Acción de Divorcio y la Solicitud de Autorización para Separarse del Hogar, resulta conforme a la resolución arriba señalada que este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas d.....