En el día 03/12/2009, esta Sala de Juicio DIÓ POR CONSUMADO el desistimiento anterior formulado por la ciudadana KAREL MARÍA BARRENECHEA RAMOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 12.703.049, debidamente representada por la Profesional del Derecho MARIANGELA REYES DONNARUMMMA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.248, en el juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, sigue en contra del ciudadano DAMIAN ADOLFO NIETO CARRILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.611.340, a favor de su hija y, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.