Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble identificado como un apartamento distinguido con el número cinco, guión "C", (5-C), el cual forma parte del edificio denominado Residencias El Palmar, situado entre las esquinas de Colero y Chimborazo, Calle Norte nueve (9), Jurisdicción de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, situado en la quinta planta y tiene una superficie aproximada de ochenta y siete metros cuadrados (87 mts2), y consta de las siguientes dependencias: Un estar comedor que comunica con el balcón, tres (3) dormitorios, cada uno con su closet, dos (2) baños, un lavadero-secadero y un balcón. Se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE; con los apartamentos distingu.....