PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada en fecha 26 de octubre de 2015, entre las partes, sociedad mercantil INVERSIONES IGBAR, C.A., representada por el Abogado Mario Brando, y la ciudadana EDITH DERES MOLNAR, titular de la cédula de identidad No. V-4.769.534, representada por la abogada Haide D`Elias González, todos plenamente identificados al inicio del presente fallo, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas.