Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio por TACHA INCIDENTAL, propuesta por los abogados RENNY PAMELA y JULIO PAMELA, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 87.146 y 58.568, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada ciudadano AMINADAS VARGAS PEREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-24.311.685, en el juicio que por Desalojo que siguen los ciudadanos MARIA GORETE FERREIRA DE ABREU, MARIBEL GONCALVES FERREIRA, LISBETH CRISTINA GONCALVES FERREIRA y ANTONIO JOAQUIN GONCALVES FERREIRA, extranjera la primera y venezolanos los otros, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nº E.- 1.012.345, Nº.- V-12.377.869, V- 14.934.300 y V- 10.507......