Se dictó Resolución mediante la cual se declaró la CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS y BIENES, presentada por los ciudadanos JULIO CESAR CONTRERAS SANCHEZ y MARJORIE CECILIA OSTOS TRAVIESO, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil; y en virtud de ello, se declaró disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos, el cual contrajeron en fecha 30 de septiembre de 2005, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda.