RESOLUCIÓN JUST. TEST. CARGA FAMILIAR CL DH/Se dictó resolución en la cua este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara a los niños [...], [...], [...] y [...], de siete (7), cuatro (4), tres (3) y un (1) años de edad, respectivamente, como CARGA FAMILIAR de la ciudadana NORELYS DEL CARMEN ARROYO SERRANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad número V-6.232.914, a fin de que goce de todos aquellos beneficios que brinda la institución en la cual labora, conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se Declara.REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA