este Tribunal los valora como documentos públicos administrativos, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y siguientes en concordancia con el articulo 502 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR, la Rectificación del Acta de Nacimiento del ciudadano ARMANDO JOSE PINTO BLANCO, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Federal, anotada bajo el Nº 2778, correspondiente al año 1959, por cuanto en la referida acta se incurrió en el siguiente error al asentar:
"...me ha sido presentado en este despacho un niño por ARMANDO PINTO, quien dice ser su padre..."; lo correcto y verdadero será: "me ha sido presentado en este despacho un niño por BLAS ARMANDO PINTO, quien dice ser su padre".
Ofíciese a las Autoridades respectivas, a los fines de que se estampe la nota marginal correspondiente