Este Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, materializa medida de Entrega Material, sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con la letra B, que forma parte de la Quinta Ysa, situada en la séptima avenida de la Urbanización Altamira, entre la séptima y octava transversal, Caracas, Distrito Capital, y lo coloca en posesión material real y efectiva, libre de personas y bienes al ciudadano JOSÉ G. CARABALLO, quien bajo juramento, guarda, custodia, administración y defensa, lo recibe conforme a nombre de la Sociedad Mercantil AGENCIAS RAYTLER S.R.L y EMBARGA EJECUTIVAMENTE hasta alcanzar la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 19.200,oo).......................,