El DESISTIMIENTO DE LA ACCION en el juicio por cobro de bono único establecido en la convención colectiva, incoado por los ciudadanos MERCEDES ESCALONA, DOMITILA MENDOZA, LEONORA BENÍTEZ, FRANCISCO SALAZAR, FRANCIS SALAZAR, GLADYS FUENTES, JOSÉ OJEDA, FIDELINA URDANETA, MARÍA DÍAZ, JOSÉ ZERPA, MARÍA NORIA, MARÍA D´VIAZZO, CARMEN JAÉN, LOURDES ZAMBRANO, MAGALY VIVAS, ZORAIDA VÁSQUEZ, EDITH LUNA, BLANCA ZAMBRANO, BETILDE LOBO y NANCY RINCONES contra el CENTRO SIMÓN BOLÍVAR C.A, ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que los accionantes devengaban menos de tres (03) salarios mínimos actuales. Así se decide.