Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación de la parte actora, contra la decisión del Juzgado Octavo de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 27 de octubre de 2015, la cual queda revocada. SEGUNDO: Con lugar la demanda interpuesta por, RAFAEL HERIQUE PÁEZ HERMOSO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 3.813.989; por reclamación de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la prestación de servicios; contra la entidad de trabajo, ADMINISTRADORA S.C,. C.A., absorbida por, RESCARVEN, a través de un acuerdo de fusión inscrito por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha, 04 de julio de 2007, ba.....