Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos OSCAR JAVIER ROJAS ARAUJO y SANDRA DEL VALLE ARTEAGA QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad V-11.668.216 y V-13.711.954, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 14 de septiembre de 2002, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda, en el libro de Registro Civil, bajo el No 97, Folio 97, del año 2002. TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxense copias certificadas de la presente decisión. Asimismo, .....