Se dicto la presente resolución, ordenandose conceder AUTORIZACIÓN a fin que la ciudadana QUETA MARTHA LOPEZ CARRASCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-18.182.138, en su carácter de progenitora del niño: SE OMITE LA IDENTIFICACION, de once (11) años de edad, realice los trámites pertinentes ante el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), para la Tramitación del pasaporte de su mencionado hijo, y en caso que haya pasado o vencido la cita, sírvase reprogramar la misma; en el entendido que la expedición del pasaporte no significa que el mencionado niño esté autorizado para salir del territorio de la República Bolivariana de Venezuela. Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de la solicitud con inserción de la presente decisión una vez que la parte interesada consigne en autos los fotostatos necesarios. Se ordena el Cierre y Archivo del presente asunto