En mérito de las Razones y circunstancias expuestas, considerando el Interés Superior y la Protección Integral del niño, a los fines de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y garantías de los cuales es titular, este Tribunal DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUIDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente incidencia de Custodia, incoada por el ciudadana FANNY DEL CARMEN ACEVEDO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-10.892.486, contra el ciudadano DIEGO ROBERTO SANCHEZ MALAVE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-10.331.742, en consecuencia se atribuye el ejercicio de la citada institución de Protección, es decir la Custodia del niño, a la progenitora ciudadana FANNY DEL CARMEN ACEVEDO DE SANCHEZ, precedentemente identificada, quien qu.....