DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: LA PERENCIÓN ANUAL DE LA INSTANCIA, y como consecuencia de ello, EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, incoara la ciudadana MARTHA ELENA CLAVIJO DE AGUDELO, en contra de los HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE LA DE CUJUS MARIS TERESA BORGES DE TOVAR, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo.