Se dictó resolución en la cual se Negó lo solicitado en fecha 18 de Junio de 2014, por la representación judicial de la ciudadana Nadia Salazar de Occupati. Asimismo, se acordó librar oficio dirigido a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Miranda, en el sentido de que informe, si el siguiente bien inmueble "constituido por una (1) Casa-Quinta denominada Olimac, con la parcela de terreno donde se encuentra construida, signada con el número 1804, ubicada en la calle Yocoima, de la Urbanización El Marqués, Municipio Sucre del Estado Miranda", es propiedad de la ciudadana Francia Mary Salazar Levane, y de ser afirmativa la respuesta, deberá de abstenerse de protocolizar cualquier tipo de gravamen sobre el ut supra mencionado bien inmueble, remitiendo igualmente a este Despacho, certificación de gravamen del aludido bien inmueble. Librándose oficio.