PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue la Sociedad mercantil GRUPO EL JUNKAL, C.A. en contra de los ciudadanos SERAFIN ANTONIO COLMENAREZ SANCHEZ y ONEIDA NOEMI PEREZ SALAS, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora libre de bienes y personas el inmueble que se identifica a continuación: Apartamento que consta de un (1) baño, dos (2) habitaciones, sala, comedor, cocina empotrada, con entrada independiente, el cual forma parte de la Quinta Raniris N° 48, ubicada en la Urbanización La Peña, Kilómetro 16 de la vía que conduce de Caracas al Junquito, Municipio Libertador del Distrito Capital.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por haber vencimiento recíproco en la litis. De conformidad con lo establecido en el artículo 275 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el artículo 248 eiusdem......