este Tribunal, vistos los recaudos presentados y examinados, así como la aceptación al cargo del curador, ciudadano DOUGLAS LOUIS PUENTE FEBRES CORDERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-3.411.313, en consecuencia, esta Sala de Juicio No. (9) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 110 del Código Civil, se discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de los adolescentes ANDREA VICTORIA y JOAQUIN DANIEL BRILLEMBOURG TORREALBA al ciudadano DOUGLAS LOUIS PUENTE FEBRES CORDERO, antes identificada. Devuélvase las resultas de la presente solicitud y entréguese a las partes mediante la Oficina de Atención al Público una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
LA JUEZ,
MARYEMMA FIGUEROA LÓPEZ
LA SECRETARIA,
KARLA S.....