III
En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con fundamento en lo establecido en los artículos 1, 12, 243, 254, 507, 509, del Código de Procedimiento Civil y 458 del Código Civil, declara lo siguiente:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de INSERCIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, interpuesta por el ciudadano JOSE SILVESTRI, asistido por la abogado en ejercicio Mary Torres, ya identificados en esta sentencia.
SEGUNDO: En consecuencia, ofíciese lo conducente a la Oficina de Registro Civil de la Prefectura del Municipio Sucre, del estado Miranda, y anéxese copia certificada de la presente decisión, conforme lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que inserte el ACTA de DEFUNCION correspondiente a la ciudadana LILY JOSEFINA MORALES PADILLA DE ARNO.-
TERCER.....