En tal sentido, encontrándose el Tribunal en la oportunidad procesal para dictar decisión en la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, solicitada por el ciudadano RODRIGO ALFONSO VELASQUEZ ALVAREZ, titular de la Cedula de Identidad N° 14.121.354, y analizados los documentos anexos a dicha solicitud, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR, la Rectificación del Acta de Matrimonio del ciudadano RODRIGO ALFONSO VELASQUEZ ALVAREZ, titular de la Cedula de Identidad N° 14.121.354, de fecha 22 de Noviembre de 2008, signada con el N° 35, que cursa en el Libro de Matrimonios del actual Juzgado Primero de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, del año 2008, en tal sentido, donde se lee: RODRIGO ALFONZO, debe leerse y lo correcto es: RODRIGO ALFONSO.
Ofíciese a las Autoridades respectivas, a los fines de que se estampe la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese la p.....