este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA SIGUIENTE MEDIDA CAUTELAR:
PRIMERO: Se ordena a la JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA PROPILENO DE FACON C.A. (PROFALCA), que se obtenga de autorizar y tramitar la compraventa de acciones pretendida entre PROPILENOS NGL-GMBH (KOCH) y GRUPO ZULIANO.:
SEGUNDO: Se ordena a la JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA PROPILENO DE FACON C.A. (PROFALCA), a través de su Secretario, notificar a los accionista de PROPILENOS NGL-GMBH (KOCH) y GRUPO ZULIANO, que deberán abstenerse de continuar con la negociación de las acciones de la primera en PROFALCA, hasta tanto los organismos jurisdiccionales o arbítrales decidan lo conducente
TERCERO: Se ordena al REGISTRADOR MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, abst.....