Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana YAMILET, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada Antonieta Córdova Marín, abogada adscrita a la Casa Municipal de la Mujer, Alcaldía de Caracas Municipio Libertador del Distrito Capital, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.030, y los recaudos acompañados a la misma, relativa a la INSERCIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de la solicitante YAMILET, nacida el 08 de diciembre de 1978, en el "Hospital General Dr. José Gregorio Hernández" (Los Magallanes de Catia) Municipio Libertador del Distrito Capital, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 770 eiusdem.- En consecuencia, ordena el emplazamiento de la madre de la solicitante ciudadana ARELYS .....