III
Con fuerza en los fundamentos precedentes, este Juzgado Undècimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trànsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: DEFINITIVAMENTE FIRME el Decreto Intimatorio de fecha ocho (08) de junio de 2006, procédase, en consecuencia, como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada Sociedad Mercantil GRUPO IMAGEN DIGITAL 33, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de abril del 2003, bajo el Nro. 18, Tomo 753-A, al pago de la cantidad de CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. F 108.777,99), por concepto de las facturas signadas con los números: 3116, de fecha 28 de marzo de 2005; 3302, de fecha 25 de julio de 20.....