Sentencia Definitiva en el presente juicio que por Rectificación de Partida incoara la ciudadana Margarita Deyanira Uzcátegui Ávila, declarándose con lugar la pretensión, y en consecuencia se corrige el error material contenido en el Acta No 2419, contentiva del acta de nacimiento emanada de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, y donde se lee "Dávila" deberá leerse "Ávila".-