En virtud de lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le Imparte HOMOLOGACIÓN a la transacción judicial suscrita en fecha trece (13) de mayo de 2014, por el abogado JUAN A. RAMIREZ TORRES, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de caracas, abogado en ejercicio, titular de cedula d identidad Nº V.- 9.438.762 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.273, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil HOSPITAL DE CLINICAS CARACAS, RIF. J-00107494-5, inscrita en el Registro Mercantil II de a Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 30 de octubre de 1975, bajo el Nº 22, Tomo 114-A., parte demandante, y por el abogado CARLOS NATERA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de es.....