Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, en el juicio que por Acción de Divorcio intentara la ciudadana Belkys Yolanda Insausti Pizzani, en contra del ciudadano Jorge Tulio Rovatti, ambas partes plenamente identificadas, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, fundamentada en la Causal Segunda (2da) del artículo 185 del Código Civil, y en tal virtud, disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos Belkys Yolanda Insausti Pizzani y Jorge Tulio Rovatti, en fecha veinticuatro (24) de octubre de 1980, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao, del Estado Miranda.
SEGUNDO: Una vez quede firme la presente decisión, se acuerda remitir a través de oficio, copia certi.....