Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido en fecha 31 de julio de 2014, por la abogada Zulema Álvarez, en su condición de co-apoderada judicial, de la parte actora VENE BLIND, C.A; contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de Julio de 2014. SEGUNDO: IMPROCEDENTE, el fraude procesal invocado por la representación Judicial Sociedad Mercantil VENE BLIND, C.A. TERCERO: SIN LUGAR, la Acción Merodeclarativa, intentada por la SOCIEDAD MERCANTIL VENE BLIND. CA, en contra de los ciudadanos GIOVANI CANALE Y DANTE CANALE. CUARTO: SIN .....