Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, propuesto en fecha 02 de julio de 2024, por la abogada SANDRA TIRADO CHACÓN, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil TORTOLEROS HERMANOS, S.A., ampliamente identificados al inicio del presente fallo, contra la sentencia de fecha 19 de junio de 2024, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la oposición formulada por la deman.....