Se declaró con lugar la demanda de Tacha por Vía Principal impetrada por la sociedad mercantil Construcciones Vialidad, C.A., (CONVIALCA), contra el ciudadano Juan José Paullino Fernández Fernández. Se declaró jurisdiccionalmente falso el documento contentivo del Contrato de Compra-Venta, en el cual aparecen como contratantes el ciudadano Umberto Petricca Zugaro en representación del ciudadano Rodolfo Tullio Dri, la Sociedad Mercantil Construcciones Vialidad, C.A., (CONVIALCA) y el ciudadano Juan José Paulino Fernández; cuyo objeto es un lote de terreno situado en las inmediaciones de la Urbanización Santa Mónica, jurisdicción de la Parroquia El Valle, Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Municipio Libertador del Distrito Capital); que actualmente cursa en los Libros llevados por la Oficina Subalterna del Cuarto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, protocolizado en fecha 27/03/1981, bajo el No. 34, Tomo 12, Protocolo 1º. Vease dispositiva del fallo.