Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 15 de junio de 1994, por los abogados Francisco Antonio Hernández Hernández y Ricardo Guerrero Machado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.123.350 y 6.374.149, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 23.517 y 50.615, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa mercantil ORGANIZACIÓN CALCO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 14 de marzo de 1977, bajo el N° 453, Tomo 28-A, contra el Reparo Nro. DGAC-4-3-2-6 de fecha 16 de mayo de 1994, emanado de la Oficina de Inspección y Fiscalización de Ingresos, adscrita a la Dirección de Fiscalización y Examen de Ingresos de la Dirección General de Control de la .....