Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 509, 429, 346, 351y 506, del Código de Procedimiento Civil, 1354, 1359, 1360 y 1380 del Código Civil, y 33 del Decreto con rango y fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL , sigue Sociedad Mercantil C.A. ADMINISTRADORA BRICERI contra la Sociedad Mercantil FLORES JJ CASTELLI S.R.L, sobre un inmueble un local comercial, identificado como local 1-B, ubicado en la planta baja, de la quinta Santa Mònica, situado en la avenida Teresa de la Parra, esquina Eduardo Calcaño, Urbanización Santa Monica ; Municipio Libertador Distrito capital SEGUNDO: Se ordena a la.....