En consideración a los motivos de hecho y de derecho expuestos a lo largo del presente fallo, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de noviembre de 2007, por la abogada Nellitsa Juncal Rodríguez, co-apoderada de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 08 del referido mes y año, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró el monto expresado en la experticia complementaria al fallo presentado por los expertos designados el 29 de enero de 2007, como estimación de condena de pago definitiva en la presente causa.
SEGUNDO: Como consecuencia.....