|
|
|
|
|
|
Decisiones del dia 08/02/2007 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
9369
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 08/02/2007 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato De Opcion A Compra Venta, |
Partes: OMAR JOSÉ ZARRAGA ZARRAGA VS ALEJANDRO EDUARDO MEDEROS REQUENA Y OTRA |
Resumen:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN ejercida por la abogada DEBORA MARITZA AZOCAR, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanos ALEJANDRO EDUARDO MEDEROS REQUENA y LIVIA BAUTISTA GONZÁLEZ. En consecuencia se confirma el fallo apelado en todas sus partes.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por los ciudadanos, OMAR JOSÉ ZARRAGA ZARRAGA y BELKIS GREGORIA FERNANDEZ GONZALEZ contra los ciudadanos ALEJANDRO EDUARDO MEDEROS REQUENA y LIVIA BAUTISTA GONZÁLEZ.
TERCERO: Se ordena la protocolización del documento definitivo de venta del inmueble constituido por el apartamento distinguido con la letra A-87, ubicado en el Octavo (8°) piso del Edificio "A" del Conjunto Parque Residencial San Juan situado con frente a la calle Sur 16, entre las esquinas de San Pedro y Río de la Jurisdicción de la Parroquia San Juan, del Municipio Libertador del Distrito Capital, el cual tiene un área aproximada de 89,50 Mts2, compuesto por 79 Mts2 de área cubierta y 10,50 Mts2 de terraza y .....
|
Juez/Ponente:
Victor Gonzalez
|
Organo:
Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
|
N° Expediente :
12981
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 08/02/2007 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares |
Partes: BANCO MERCANTIL C.A, (BANCO UNIVERSAL) /GINA ESTHER SPERA RODRIGUEZ |
Resumen:
PRIMERO: la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS BOLÍVARES CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 2.466.762, 72) por saldo capital de la obligación.
SEGUNDO: La suma de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 138.186,00), por concepto de intereses ordinarios causados desde el 26 de agosto hasta el 25 de septiembre de 1998, calculados a la tasa del sesenta y tres por ciento (63%), anual sobre el capital vencido y no pagado.
TERCERO: La suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DOCE BOLÍVARES CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 2.472.312,92), por concepto de intereses de mora calculados sobre la totalidad del saldo adeudado desde el 30 de noviembre de 1998, hasta el 05 de marzo de 2001.
CUARTO: Los intereses que se sigan venciendo a partir del doce (12) de marzo del 2001, hasta la total y definitiva cancelación de la deuda, calculados dichos intereses en la forma establecida en el contrato más un tres po.....
|
Juez/Ponente:
Freddy Rodriguez
|
Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Transito
|
N° Expediente :
10E-1405-03
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 08/02/2007 |
Procedimiento: Nuevo Computo Por Redencion De Pena |
Partes: PENADO CASTILLO SULPY, FISCAL 82 DEL M.P.Y DEFENSA PÚBLICA 36 |
Resumen:
1.- El Destacamento de Trabajo, lo puede optar al haber cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena, es decir, a partir del 19-07-2005.
2.- El Régimen Abierto, lo puede optar al haber cumplido un tercio (1/3) de la pena, es decir, a partir del 19-06-2006.
3.- La Libertad Condicional, la puede optar al haber extinguido las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, a partir del 19-02-2010.
4.- El Confinamiento, lo puede optar al haber cumplido las tres cuartas (3/4) partes de la pena, es decir a partir del 19-01-2011.
|
Juez/Ponente:
Maria de las Nieves Luis
|
Organo:
Tribunal Décimo de Ejecución
|
N° Expediente :
10E-1405-03
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 08/02/2007 |
Procedimiento: Nuevo Computo Por Redencion De Pena |
Partes: PENADO CASTILLO SULPY, FISCAL 82 DEL M.P. Y DEFENSA PÚBLICA PENAL 36 |
Resumen:
DE LOS BENEFICIOS DE PRE-LIBERTAD: A continuación se indican los beneficios de pre-libertad a los que podrá someterse el penado, previo el cumplimiento de los requisitos de ley, estos son:
1.- El Destacamento de Trabajo, lo puede optar al haber cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena, es decir, a partir del 19-07-2005.
2.- El Régimen Abierto, lo puede optar al haber cumplido un tercio (1/3) de la pena, es decir, a partir del 19-06-2006.
3.- La Libertad Condicional, la puede optar al haber extinguido las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, a partir del 19-02-2010.
4.- El Confinamiento, lo puede optar al haber cumplido las tres cuartas (3/4) partes de la pena, es decir a partir del 19-01-2011.
|
Juez/Ponente:
Maria de las Nieves Luis
|
Organo:
Tribunal Décimo de Ejecución
|
|
|
|
|