Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes, solicitada por los ciudadanos IGOR ARVELO RAMOS y ELEIDA MILENA MERCHAN NARIÑO, de Nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 10.792.871 y V-13.385.348, respectivamente; en consecuencia, se Declara Disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual fue contraído entre ellos el treinta y uno (31) de Mayo del año 2.001, por ante la Jefatura Civil San Pedro, Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, Prefectura de Caracas, según Acta Nº 34, del Libro de Registro de Matrimonios, llevados por ese Despacho,.....