DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos IRAIDA ELIZABETH RAMOS TOMASINI y RONALD DAVID GOMEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-13.599.864 y V-15.183.825, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 19 de septiembre de 2009, expedida por ante el Registro Civil de Candelaria, Parroquia de la Santísima Trinidad, Igueste de Candelaria, Provincia de Santa Cruz de Tenerife, Isla Canarias, Reino España, tal como se desprende de acta de matrimonio Nº 102, Tomo 26, Pág. 322, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2009, llevados por dicho Re.....