DISPOSITIVO:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte demandada, contra la decisión del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, de fecha 09 de agosto de 2011, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por AVILIO ECHENIQUE, MIRNA COROMOTO RODRIGUEZ y JESUS ALBERTO CANACHE, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédula de identidad números: .3.973.647, 6.306.262 y 10.096.784, respectivamente, en su carácter de Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Químico-Farmacéutica (SUNTIQ), el primero, y en su propio nombre y como Delegados Sindicales del citado Sindicato, los ot.....