Así mismo comprobando por este Juzgador, que el referido escrito transaccional cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en cada uno de los términos expuestos, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada, con excepción, en lo que respecta a lo señalado por la parte OFERIDA en el referido escrito de transacción, en su Cláusula Novena, referente a que desiste de todos los derechos y/o acciones, iniciadas o no que le correspondan y/o puedan corresponder contra la compañía o sus representantes, con motivo de la relación de trabajo o de cualquier otro tipo que tuviera o pudiera haber tenido, y/o con motivo de su terminación, por lo que este Juzgador niega la homologación con respecto a dicho desistimiento, por ser improcedente por ser contrario a derecho, en virtud de que el trabaj.....