I
Testimoniales
En lo que se refiere a la prueba testimonial de los ciudadanos Carlos Alberto Sojo García, Ángel Teodoro Briceño Cisneros, Robert Noel Batatima Escalante, Ángel Eduardo Pérez Milano, Alberto Gerardo Veitia Herrera y Julio César Añanguren, resulta oportuno traer a colación lo que se entiende en doctrina como testimonio, en tal sentido, tenemos que para Hernando Devis Echandía (Teoría General de la Prueba Judicial, Tomo II, p. 33), en sentido estricto "es un medio de prueba que consiste en la declaración representativa que una persona, que no es parte en el proceso que se aduce, hace a un juez, con fines procesales, sobre lo que sabe respecto a un hecho de cualquier naturaleza".
Para Chiovenda (citado por Alejandro Oscar Babio en Teoría y Técnica Probatoria en el Proceso Laboral, p.181) el testigo "Es la persona distinta de los sujetos procesales llamada a exponer al juez las propias observaciones de hechos acaecidos que tienen importancia en el pleito"
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