Por los fundamentos antes expuestos, y criterio jurisprudencial y doctrinal arriba citados, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la denuncia de fraude procesal, realizada por los profesionales del derecho Hugo Albarrán Acosta, Luis Felipe Blanco Souchon, Jean Albarrán Alvarado y Eusebio Azuaje Solano, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Inversora Inmobiliaria Magui, C.A., y de los ciudadanos; Yogarki George Dalati y Fadi Dalati Hajjar, terceros adhesivos en el juicio principal de simulación, en consecuencia se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia apelada dictada en fecha nueve (09) de octubre de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción .....