Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, intentada por los ciudadanos OMAR JOSE FIGUEROA OLFILA y MAUREEN LISSETTE VAAMONDE AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 11.923.757 y 14.898.302, respectivamente, y decretada por este Tribunal en fecha 21 de octubre de dos mil diez (2010), fundamentada en los Artículos 185, 188 y 189 del Código Civil y en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 14 de diciembre de 2008 ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Notifíquese a las Autoridades correspondientes.-
PUBLÍQUESE, RE.....