Decisiones del dia 18/07/2011
N° Expediente :
AP51-V-2011-012697
N° Sentencia :
PJ0442011000363
Fecha: 18/07/2011
Procedimiento: Separación De Cuerpos Y Bienes
Partes: CAROLINA MARGARITA PAEZ ARMELLA Y JOSE FRANCISCO VIUDEZ VIUDEZ
Resumen:
Se dictó RESOLUCIÓN mediante la cual este Tribunal DECRETO LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, presentado por los ciudadanos CAROLINA MARGARITA PAEZ ARMELLA y JOSE FRANCISCO VIUDEZ VIUDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.568.660 y V-14.728.851, respectivamente, asistidos por el ABG. ROCIO FARIAS DE GARCIA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 64.282. En cuanto a la Responsabilidad de Crianza, Custodia, Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención, en relación al niño SE OMITE LOS DATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, se HOMOLOGO en los mismos términos y condiciones solicitado.-
Juez/Ponente:
Judith Eumellia Lobo
Organo:
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
N° Expediente :
AP31-V-2010-004090
N° Sentencia :
Fecha: 18/07/2011
Procedimiento: Resolucion De Contrato
Partes: TOYOTA SERVICES DE VENEZUELA, C.A. VS S.M. C & C CONTINENTAL, C.A.
Resumen:
Por otra parte, tal y como fue indicado, la perención es una institución jurídica cuya naturaleza es de orden público y se verifica ope legis por imperio del artículo 269 del Código de Procedimiento Civil. Al respecto la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, a través de reiterada, pacífica y constante jurisprudencia, entre las que se cita la de fecha 19 de Mayo de 1.988, declaró lo siguiente:
"(...) Nuestro sistema es más radical, acogiendo como se ha dicho, el sistema italiano; la perención conforme al texto del artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, se verifica de derecho, vale decir, ope legis, independientemente, del requerimiento de la parte interesada y la consiguiente declaratoria del Tribunal, la cual no vendría sino a ratificar lo que virtualmente estaba consumado, pues la perención se opera desde el momento mismo en que ha transcurrido el plazo prescrito por la Ley, ya que conforme a la enseñanza de la tradicional doctri.....
Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
N° Expediente :
AP21-L-2008-004738
N° Sentencia :
Fecha: 18/07/2011
Procedimiento: Inadmisible
Partes: GLORIA PACHECO
Resumen:
Por las razones antes expuestas, forzosamente, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: FORZOSAMENTE NIEGA LA APELACIÓN, ejercida por la ciudadana GLORIA PACHECO, abogado e inscrita en el INPRE bajo el No. 45.723, actuando en su carácter de la parte actora, todos debidamente identificados en autos, contra la sentencia interlocutoria de fecha 08 de julio de 2011, dictada por este Juzgado. Así se establece.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión
Juez/Ponente:
Carlos Achiquez
Organo:
Tribunal Trigesimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
N° Expediente :
06640
N° Sentencia :
Fecha: 18/07/2011
Procedimiento: Recurso De Nulidad (Inquilinato)
Partes: FROILANA SUSANA DE JESÚS DE ABREU VS. RESOLUCIÓN NÚMERO 00014142, DE FECHA 20 DE MAYO DE 2010, EMANADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, HOY DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA
Resumen:
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, en la audiencia juicio celebrada en fecha 6 de julio de 2011, por la abogada CARMEN YASMÍN CÓRDOBA BARRIOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 32.804, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana FROILANA SUSANA DE JESÚS DE ABREU, titular de la cédula de identidad número V- 13.162.070, parte recurrente en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la Resolución número 00014142, de fecha 20 de mayo de 2010, emanada de la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones, hoy DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA, pasa este Juzgado Superior a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes:
I
DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL
En relación al Capítulo I del escrito presentado por la apoderada judicial de la parte recurrente, este.....
Juez/Ponente:
Alejandro José Gómez Mercado
Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.