IV
Por lo antes expuesto, esta SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Decreta la NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada el 15 de Enero de 2014, por el Juzgado Trigésimo Segundo (32°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó a las partes solicitantes la entrega del vehículo "CLASE: CARRO, MARCA: RENAULT, PLACA: MED44H, SERIAL DE CARROCERÍA: VF1LMB5065R147021, MODELO: MEGANE, COLOR: GRIS, AÑO: 2005, USO: PARTICULAR, SERVICIO: PRIVADO", en consecuencia se ORDENA que otro Juez o Jueza de Control distinto a la que emitió el fallo recurrido, dicte nuevo pronunciamiento al respecto, prescindiendo del vicio detectado, previo estudio de las circunstancias del caso particular, por quebrantamiento del artículo 49 de la Constitución de la República de .....