VI
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante en fecha 23 de agosto de 2010 contra la sentencia dictada en fecha 18 de agosto de 2010, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JOSE RAMON MUÑOZ SANCHEZ, debidamente representado por ALVARO BADELL MADRID y ROLAND TOMAS PETTERSON STOLK, abogados en ejercicio, identificados supra, contra la Asociación Civil CENTRO MEDICO DOCENTE LA TRIN.....