Decisiones del dia 30/04/2010
N° Expediente :
AP41-U-2006-000152
N° Sentencia :
1482
Fecha: 30/04/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario
Partes: FERRETERIA VIASCO, C.A. / SENIAT
Resumen:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil FERRETERÍA VIVASCO, C.A. contra la Resolución Nº GRLL- DJT-RJ-2004-SL-280, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región los Llanos del SENIAT, y notificada el 22 de julio de 2005, a través del cual declara sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente contra la Resolución Nº MF-SENIAT-GRLL-DF-AS-2004-DF-IVA-099-44-431 del 14-05-2004, en cuyo contenido se le impone multa a la contribuyente por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTITRES UNIDADES TRIBUTARIA (223 UT) equivalente a la cantidad de Bs. 5.508.100,00 ahora Bs F. 5.508, 10, por incumplimiento de deberes formales en materia de Impuesto al Valor Agregado relativa a las facturas para los períodos junio 2003, julio 2003, así como el día de l.....
Juez/Ponente:
Beatriz González
Organo:
Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario
N° Expediente :
AP41-U-2009-000575
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 30/04/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario
Partes: ALUMINIOS DE VENEZUELA, C.A VS SENIAT
Resumen:
Visto el escrito de Promoción de Pruebas, presentado en fecha 22/04/2010, por la ciudadana Rebeca Catan, en su carácter de Apoderada Judicial de la Contribuyente "ALUMINIO DE VENEZUELA, C.A, por cuanto las pruebas en ellos contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten las mismas en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPÍTULO PRIMERO: DOCUMENTALES. Se ordenó agregar a los autos, en su oportunidad legal correspondiente, las pruebas documentales anexas al Escrito de Promoción, consignado por el Apoderado Judicial de la Contribuyente.
De la presente decisión se oirá apelación, en un solo efecto, conforme a lo previsto en el parágrafo único del artículo 270 del Código Orgánico Tributario, cuyo lapso se iniciara a partir del día siguiente de despacho a esta fecha.
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
N° Expediente :
AP41-U-2010-000077
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 30/04/2010
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario
Partes: SERVINAVE, C.A VS SENIAT
Resumen:
Visto el escrito de Promoción de Pruebas, presentado en fecha 12/04/2010, por la ciudadana Yrene López Noriega, en su carácter de Apoderada Judicial de la Contribuyente "GLOBAL SHIPPING AGENTES NAVIEROS, C.A, por cuanto las pruebas en ellos contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten las mismas en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPÍTULO PRIMERO: DOCUMENTALES. Se ordenó agregar a los autos, en su oportunidad, los recaudos consignados conjuntamente con el escrito recursivo; con excepción de la prueba documental referida en el escrito con el numeral cinco (05), la cual se considerará incorporada una vez que el Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) traiga a los autos el Expediente Administrativo.
De la presente decisión se oirá apelación, en un solo efecto, conforme a lo previsto en el parágrafo único del ar.....
Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario