Este Tribunal Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a las pruebas traídas a los autos y de conformidad con la norma anteriormente citada. Administrando Justicia en nombre de la República Bolívariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, a favor de la solicitante ciudadana de la ciudadana ZOILA ACEVEDO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-2.981.298, y los coherederos ciudadanos Rosario Estela Rondón Acevedo de Mejías, Nestor Jesús Rondón Acevedo, María de Lourdes Rondón Acevedo de Torrealba y José del Carmen Rondón, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.078.567, V-6.166.812, V-6.893.401 y V-V-550.683, respectivamente, para asegurar la posesión o algún derecho que pudieran tener el referido ciudadano de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimient.....