Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL intentó el ciudadano JUAN MARTÍN ALEGRÍA AYERDI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-6.333.849, representado en este proceso a través de sus apoderados judiciales, ciudadanos JULIO CESAR PÉREZ PALELLA, CLAUDIO TUROLA, MARÍA ANTONIETA BRACAMONTE GONCALVES, EDUARDO TRUJILLO, ALBINO FERRERAS GARZA, CARLOS BELLO ANSELMI, FRANCISCO JIMENEZ GIL, LUZ MARÍA CHARME, VICTORIA ELENA SANCHEZ GOITIA y ANNIE PALACIOS PUENTES, Abogados en ejercicio de este domicilio, inscritos en el Instituto de Prev.....