Se admitió y decretó la Separación de Cuerpos Y Bienes, presentado por los ciudadanos TONY ALEXANDER PERNIA y MARIA LAURA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.681.900 y V.- 10..794.254, respectivamente, debidamente asistidos por los ciudadanos MARIA MERCEDES RAMIREZ y ARMINDA ALVAREZ, Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 68.996 y 68.031, respectivamente