Se dictó resolución mediante la cual se declaró CON LUGAR la demanda de TACHA INCIDENTAL interpuesta por la parte demandada, ciudadana GENESIS KHAIRUZAN MARTÍNEZ PEÑALOZA, contra el documento supuestamente titulo supletorio expedido por el Juzgado Primero de Primera de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, otorgado a favor del ciudadano JORGE MARTÍNEZ (+), el día 1º de mayo de 1999, suministrado por la parte actora, ciudadanas MERCEDES TERESA GONZÁLEZ DE MARTÍNEZ, BELLANIRA MERCEDES MARTÍNEZ GONZÁLEZ, LILIBETH TERESA MARTÍNEZ GONZÁLEZ y ZAIBETH YOVANCA MARTÍNEZ GONZÁLEZ. Asimismo, se declaró LA FALSEDAD del documento tachado, de conformidad con lo reglado en los artículos 440 y 441 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, SE DESECHÓ del cúmulo probatorio el mencionado documento. Por último, se condenó en costas a la parte demandante y se ordenó la notificación de las partes.