este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
Primero: Con Lugar la demanda por Resolución de Contrato interpuesta por ASOCIACIÓN CIVIL RIBAGO, inscrita el 29 de septiembre de 1998, bajo el N° 39, Tomo 31, Protocolo Primero, por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal (actual Distrito Capital), contra el ciudadano JESUS COROMOTO QUERALES, titular de la cédula de identidad N°3.190.581.
Segundo: Se condena a la parte demandada a ceder a los demás socios de la Asociación la cuota de participación que le corresponde en la misma,
Tercero: Se condena a la parte demandada entregar a la Asociación, el apartamento distinguido con el Nº 2 del Edificio RIBAGO, situado en la Avenida El Bosque, Urbanización La Florida, Parroquia El Recreo, Municipio .....