Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se decretó la SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES, de los ciudadanos ORNELA MAHOLY LA FE GALLARDO y ALBERTO JOSE BARRETO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 15.507.480 y 15.166.820, respectivamente, asistido la primera por el abogado Luis José Guevara González, y el segundo por el abogado Leonardo Padrón Correa, inscritos con el Inpreabogado bajo los Nos. 84.953 y 37.070, respectivamente, en los términos y condiciones por ellos expuestos, por no ser contrarios al orden público o las buenas costumbres, de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil.